El Tribunal Supremo de España decidió mantener la suspensión del derecho al voto en las elecciones generales del 29 de noviembre a los ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad mediante la Ley de Nietos. La medida afecta a unas 163.020 personas que no podrán ejercer su derecho al sufragio.
El Alto Tribunal aceleró los trámites tras el adelanto electoral y desestimó el recurso de la Abogacía del Estado, que pedía levantar la medida cautelar adoptada el pasado 10 de septiembre, la cual retiró el derecho a voto de los inscriptos en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) por considerar que no había tiempo para revisarlo antes de los comicios, reportó la cadena RTVE.
El Supremo resolvió que persiste el riesgo de que el censo “se constituya irregularmente” y sin la “exactitud, veracidad, igualdad, objetividad y transparencia” que exigen las elecciones en una democracia parlamentaria representativa como la española.
No obstante, podrán votar aquellos que obtengan en los consulados una certificación de que adquirieron la nacionalidad con la debida acreditación de que son descendientes de exiliados “por razones políticas o de identidad sexual”.